Condiciones Generales de Contratación
1. Identificación y ámbito de aplicación
Las presentes Condiciones Generales regulan la contratación de los viajes combinados organizados y comercializados bajo la marca 20.000 Leguas y a través del sitio web www.viajesdebuceo.es.
Agencia organizadora: 20000 LEGUAS, S.L.
NIF: B05665450
Domicilio social: Calle Parque de San Fernando, 3, Local 3, 28807 Alcalá de Henares, Madrid
Correo electrónico: info@20000leguas.es
Teléfono: +34 606 027 309
Sitio web: www.viajesdebuceo.es
Datos registrales: Sociedad inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, hoja M-896428, inscripción 1.ª.
20.000 Leguas es la marca comercial utilizada por 20000 LEGUAS, S.L. para la organización y comercialización de los viajes ofrecidos a través de www.viajesdebuceo.es.
En adelante, cuando estas Condiciones Generales hagan referencia a la Agencia o el Organizador, se entenderá hecha a 20000 LEGUAS, S.L.
Estas Condiciones Generales forman parte de los contratos de viaje combinado celebrados con los viajeros y se complementarán, para cada viaje, con las correspondientes Condiciones Particulares, el programa, presupuesto, itinerario, información precontractual, documentación de reserva y demás información facilitada antes de la contratación.
En caso de contradicción entre estas Condiciones Generales y las Condiciones Particulares expresamente establecidas para un viaje concreto, prevalecerán estas últimas, salvo que las Condiciones Generales o la normativa imperativa aplicable resulten más favorables para el viajero.
La contratación de un viaje supone la aceptación de estas Condiciones Generales, siempre que hayan sido facilitadas al viajero antes de quedar obligado por el contrato.
2. Normativa aplicable
Los viajes combinados organizados por 20000 LEGUAS, S.L. se regirán principalmente por el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, especialmente por su Libro Cuarto, relativo a los viajes combinados y servicios de viaje vinculados.
También resultan aplicables el Real Decreto-ley 23/2018, de 21 de diciembre, de transposición de directivas en materia de marcas, transporte ferroviario y viajes combinados y servicios de viaje vinculados; la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico; la normativa sobre condiciones generales de contratación, protección de datos y ordenación turística; y las demás disposiciones que resulten aplicables.
3. Información precontractual
Antes de que el viajero quede obligado por un contrato de viaje combinado, se le facilitará la información precontractual legalmente exigible y el correspondiente formulario normalizado de información sobre viajes combinados.
Para cada viaje se facilitará, cuando resulte aplicable, información relativa a:
- Destino y características principales del viaje.
- Fechas y duración.
- Medios de transporte.
- Alojamiento.
- Régimen alimenticio.
- Programa e itinerario.
- Actividades e inmersiones previstas.
- Número mínimo de participantes, cuando exista.
- Precio total y posibles costes adicionales.
- Calendario y condiciones de pago.
- Requisitos de documentación, pasaporte y visado.
- Información sanitaria.
- Requisitos específicos para participar en las actividades.
- Condiciones de cancelación.
- Posibilidad de contratar seguros facultativos.
- Información sobre la garantía frente a la insolvencia.
- Cualquier otra información relevante para la correcta ejecución del viaje.
La información precontractual que legalmente tenga carácter vinculante formará parte del contrato de viaje combinado y no podrá modificarse salvo acuerdo expreso de las partes o en los casos legalmente previstos.
4. Reserva y formalización del contrato
La solicitud de información, plaza o prerreserva no supondrá necesariamente la confirmación definitiva del viaje.
La reserva quedará confirmada cuando la Agencia comunique expresamente al viajero su aceptación y se hayan cumplido las condiciones de pago o depósito establecidas para el viaje correspondiente.
Las Condiciones Particulares determinarán en cada caso:
- El importe requerido para formalizar la reserva.
- Los pagos posteriores.
- Las fechas límite de pago.
- Las consecuencias derivadas de la falta de pago.
Una vez celebrado el contrato, el viajero recibirá una copia o confirmación del mismo en un soporte duradero.
El impago de cualquiera de las cantidades en las fechas acordadas podrá ser considerado incumplimiento contractual por parte del viajero, previa comunicación y concesión, cuando proceda, de un plazo razonable para subsanarlo. Podrán aplicarse los gastos o penalizaciones que correspondan conforme a la legislación y a las condiciones previamente comunicadas.
5. Precio del viaje
El precio del viaje será el indicado en las Condiciones Particulares, presupuesto, programa o contrato correspondiente.
En la documentación de cada viaje se especificarán los servicios incluidos y no incluidos, así como los impuestos, tasas y gastos adicionales conocidos.
Salvo indicación expresa en contrario, no se entenderán incluidos los servicios que no aparezcan expresamente relacionados como incluidos en el programa o en las Condiciones Particulares.
Podrán existir pagos o gastos que deban satisfacerse directamente en destino cuando así se haya informado previamente al viajero, tales como tasas locales, entradas a parques naturales, visados, propinas, suplementos de buceo u otros conceptos similares.
Cuando no sea razonablemente posible calcular anticipadamente algún gasto adicional, se informará al viajero de su posible existencia antes de la contratación.
6. Revisión del precio
El precio del viaje podrá revisarse después de la celebración del contrato únicamente en los supuestos legalmente previstos y siempre que dicha posibilidad se haya establecido expresamente en el contrato.
La revisión podrá producirse como consecuencia directa de variaciones en:
- El precio del transporte de pasajeros derivado del coste del combustible u otras fuentes de energía.
- Los impuestos, tasas o recargos aplicables a los servicios incluidos en el viaje exigidos por terceros no directamente involucrados en su ejecución.
- Los tipos de cambio de divisa aplicables al viaje combinado.
Cuando se prevea la posibilidad de revisión al alza, el viajero tendrá igualmente derecho a una reducción del precio cuando disminuyan dichos costes.
Cualquier incremento deberá comunicarse de forma clara, comprensible, justificada y en soporte duradero, incluyendo el cálculo correspondiente.
No podrá incrementarse el precio durante los veinte días naturales anteriores al inicio del viaje.
Cuando el incremento supere el 8 % del precio total del viaje combinado, el viajero podrá aceptar la modificación propuesta o resolver el contrato sin penalización, dentro del plazo razonable indicado por el Organizador.
7. Cesión del viaje a otra persona
El viajero podrá ceder su contrato de viaje combinado a otra persona que reúna todas las condiciones necesarias para participar en el viaje.
La cesión deberá comunicarse al Organizador en soporte duradero con una antelación razonable. Una comunicación realizada al menos siete días naturales antes del inicio del viaje se considerará, en todo caso, efectuada con una antelación razonable.
El viajero que cede el contrato y la persona cesionaria responderán solidariamente de las cantidades pendientes de pago y de los costes adicionales que ocasione la cesión.
Estos costes deberán ser razonables, estarán debidamente justificados y no podrán superar los gastos efectivamente soportados como consecuencia del cambio.
Determinados servicios, especialmente billetes aéreos nominativos, tarifas especiales u otros servicios no modificables, pueden impedir materialmente la sustitución o generar costes adicionales. La Agencia informará al viajero de estas circunstancias y justificará los costes correspondientes.
8. Modificaciones antes del inicio del viaje
El Organizador podrá introducir modificaciones no sustanciales antes del inicio del viaje cuando se haya reservado expresamente esta posibilidad en el contrato y siempre que informe al viajero de forma clara, comprensible y en soporte duradero.
Cuando antes del inicio del viaje resulte necesario modificar de forma sustancial alguna de sus características principales, no pueda atenderse una necesidad especial previamente aceptada o se proponga un incremento del precio superior al 8 %, se informará al viajero sin demora indebida.
El viajero podrá, dentro del plazo razonable indicado:
- Aceptar la modificación propuesta.
- Resolver el contrato sin pagar penalización.
Cuando sea posible, el Organizador podrá ofrecer un viaje combinado sustitutivo de calidad equivalente o superior.
Si el viaje sustitutivo o la modificación aceptada tuviera una calidad o coste inferior, el viajero tendrá derecho a una reducción adecuada del precio.
Cuando el viajero resuelva el contrato y no acepte un viaje sustitutivo, se reembolsarán los pagos realizados sin demora indebida y, como máximo, dentro de los catorce días naturales siguientes a la resolución.
9. Cancelación del viaje por parte del viajero
El viajero podrá resolver el contrato en cualquier momento antes del inicio del viaje combinado.
En ese supuesto podrán aplicarse las penalizaciones establecidas en las Condiciones Particulares, siempre que sean adecuadas y justificables. Las penalizaciones podrán calcularse atendiendo a la antelación de la cancelación respecto del inicio del viaje, al ahorro de costes producido y a los ingresos esperados por la utilización alternativa de los servicios de viaje.
Las Condiciones Particulares podrán contemplar costes derivados, entre otros, de:
- Billetes de avión o transportes ya emitidos.
- Tarifas aéreas no reembolsables.
- Reservas de barcos o cruceros de vida a bordo.
- Alojamientos.
- Centros de buceo.
- Operadores receptivos.
- Transportes privados.
- Tasas.
- Servicios contratados específicamente para el viajero.
- Otros servicios sujetos a condiciones especiales de cancelación previamente comunicadas.
Cuando no se haya establecido una penalización tipo para el viaje concreto, su importe se calculará teniendo en cuenta el precio del viaje, el ahorro de costes producido por la cancelación y los posibles ingresos derivados de la utilización alternativa de los servicios contratados.
A solicitud del viajero, el Organizador justificará el importe de la penalización aplicada.
La cancelación deberá comunicarse por escrito o mediante otro soporte duradero que permita acreditar su contenido y fecha de recepción.
Cuando proceda efectuar un reembolso, este se realizará sin demora indebida y, como máximo, dentro de los catorce días naturales siguientes a la resolución del contrato, descontando, cuando corresponda, la penalización legalmente aplicable.
10. Circunstancias inevitables y extraordinarias
Cuando concurran circunstancias inevitables y extraordinarias en el lugar de destino o en sus inmediaciones que afecten significativamente a la ejecución del viaje combinado o al transporte de pasajeros hasta el destino, el viajero podrá resolver el contrato antes de su inicio sin pagar penalización.
En ese caso tendrá derecho al reembolso completo de los pagos realizados por el viaje combinado, que se efectuará sin demora indebida y, como máximo, dentro de los catorce días naturales siguientes a la resolución del contrato, pero no tendrá derecho a una compensación adicional.
La mera existencia de circunstancias adversas que no afecten significativamente a la ejecución del viaje o al transporte hasta el destino no supondrá automáticamente el derecho a cancelar sin penalización.
11. Cancelación del viaje por parte del Organizador
20000 LEGUAS, S.L. podrá resolver el contrato antes del inicio del viaje y reembolsará al viajero la totalidad de los pagos realizados.
No existirá obligación de abonar una compensación adicional cuando:
- No se alcance el número mínimo de participantes indicado en el contrato y la cancelación se comunique al viajero, como máximo:
- Veinte días naturales antes del inicio, en viajes de más de seis días de duración.
- Siete días naturales antes del inicio, en viajes de entre dos y seis días de duración.
- Cuarenta y ocho horas antes del inicio, en viajes de menos de dos días de duración.
- El Organizador no pueda ejecutar el contrato debido a circunstancias inevitables y extraordinarias y lo comunique al viajero sin demora indebida antes del inicio del viaje.
Los reembolsos correspondientes se realizarán sin demora indebida y, como máximo, dentro de los catorce días naturales siguientes a la resolución del contrato.
Cuando exista un número mínimo de participantes, este y la fecha límite para comunicar la cancelación se indicarán en las Condiciones Particulares.
12. Ejecución del viaje y falta de conformidad
20000 LEGUAS, S.L., como Organizador, responderá del correcto cumplimiento de los servicios incluidos en el viaje combinado, aunque dichos servicios sean ejecutados materialmente por hoteles, compañías aéreas, navieras, centros de buceo, operadores locales u otros proveedores.
Si durante el viaje el viajero detecta una falta de conformidad en alguno de los servicios contratados, deberá comunicarla sin demora indebida, teniendo en cuenta las circunstancias del caso, utilizando los medios de contacto facilitados para el viaje, con objeto de permitir su comprobación y subsanación.
El Organizador subsanará la falta de conformidad salvo que resulte imposible o entrañe un coste desproporcionado, teniendo en cuenta su gravedad y el valor de los servicios afectados.
Cuando proceda, se ofrecerán soluciones alternativas adecuadas para permitir la continuación del viaje sin coste adicional para el viajero.
Los derechos del viajero a reducción del precio, indemnización o cualquier otra compensación se regirán por la normativa vigente.
13. Servicios contratados de forma independiente
El Organizador no será responsable de los servicios que el viajero haya contratado por su cuenta y que no formen parte del viaje combinado contratado con la Agencia.
Esto puede incluir, entre otros:
- Vuelos o transportes hasta el punto de inicio del viaje no incluidos en el viaje combinado.
- Noches de hotel anteriores o posteriores.
- Excursiones contratadas directamente en destino.
- Transportes particulares.
- Actividades adicionales contratadas directamente con terceros.
La eventual modificación o cancelación del viaje combinado no generará responsabilidad sobre estos servicios independientes, sin perjuicio de los derechos que el viajero pueda tener frente a sus respectivos proveedores.
14. Documentación, pasaportes, visados y requisitos de entrada
Se facilitará al viajero información general sobre los requisitos de pasaporte y visado, incluido el tiempo aproximado para su obtención, y, cuando corresponda, sobre las formalidades sanitarias aplicables al viaje.
El viajero será responsable de facilitar datos correctos y de disponer de la documentación personal necesaria y válida para realizar el viaje.
Las Condiciones Particulares podrán establecer requisitos específicos relativos a:
- Vigencia mínima del pasaporte.
- Visados.
- Autorizaciones de entrada.
- Documentación sanitaria.
- Permisos para menores.
- Formularios de entrada o salida.
- Otros requisitos impuestos por las autoridades del destino o de los países de tránsito.
Cuando el viajero no pueda iniciar o continuar el viaje por carecer de documentación válida debido a una causa que le sea imputable, podrán aplicarse las condiciones de cancelación correspondientes.
Las personas con nacionalidad distinta de la española deberán comunicar esta circunstancia y comprobar los requisitos específicos aplicables a su nacionalidad.
15. Salud, necesidades especiales y movilidad reducida
El viajero deberá comunicar antes de la contratación cualquier necesidad especial cuya aceptación sea necesaria para la correcta prestación de los servicios contratados.
Las personas con movilidad reducida o necesidades específicas deberán informar de esta circunstancia con suficiente antelación para valorar la adecuación de transportes, alojamientos, embarcaciones, instalaciones y actividades.
Cuando una necesidad especial haya sido expresamente aceptada por el Organizador, pasará a formar parte del contrato.
La Agencia podrá solicitar información razonablemente necesaria para determinar si el viaje resulta adecuado a las necesidades del viajero, respetando en todo momento la normativa sobre protección de datos.
16. Condiciones específicas de los viajes de buceo
Una parte importante de los viajes organizados por 20000 LEGUAS, S.L. incluye actividades de buceo.
El viajero deberá cumplir los requisitos de certificación, experiencia, aptitud, documentación y seguro indicados para cada programa.
Dependiendo del destino o de las características de las inmersiones podrán exigirse:
- Una titulación mínima.
- Un número mínimo de inmersiones registradas.
- Experiencia reciente.
- Certificaciones específicas.
- Seguro de buceo.
- Certificado o declaración médica cuando proceda.
- Experiencia en corrientes, profundidad, buceo desde embarcación u otras condiciones particulares.
La aceptación de una reserva no sustituye la valoración de seguridad que pueda realizar el centro de buceo, guía, instructor, director de crucero o responsable de la actividad.
Por razones justificadas de seguridad, estos profesionales podrán modificar o cancelar una inmersión o impedir la participación de un viajero cuando consideren que su titulación, experiencia, estado físico, comportamiento, equipamiento o capacidad no son adecuados para las condiciones existentes.
El viajero deberá respetar en todo momento las normas de seguridad y las instrucciones de los profesionales responsables de la actividad.
17. Cambios en las inmersiones y avistamientos de fauna
Las actividades de buceo se desarrollan en un medio natural y están condicionadas por factores que no pueden garantizarse, como:
- Meteorología.
- Estado del mar.
- Corrientes.
- Visibilidad.
- Mareas.
- Restricciones de las autoridades.
- Decisiones justificadas de seguridad.
- Presencia de fauna.
- Condiciones del punto de inmersión.
Por ello, los puntos de buceo, horarios, orden y número de inmersiones pueden verse modificados cuando resulte necesario por motivos operativos o de seguridad.
Las referencias a especies animales o posibles encuentros con fauna describen las características habituales del destino y no constituyen una garantía de avistamiento.
Estas modificaciones se entenderán sin perjuicio de los derechos legalmente reconocidos al viajero cuando supongan una falta de conformidad respecto de los servicios contratados.
18. Viajes en embarcaciones y vida a bordo
En los viajes que se desarrollen total o parcialmente a bordo de embarcaciones, el viajero reconoce las características particulares inherentes a este tipo de programa.
Las rutas marítimas y de buceo pueden modificarse como consecuencia de:
- Condiciones meteorológicas.
- Estado del mar.
- Corrientes.
- Decisiones justificadas del capitán.
- Instrucciones de las autoridades marítimas.
- Seguridad de los pasajeros.
- Necesidades operativas.
- Circunstancias inevitables y extraordinarias.
El capitán de la embarcación tendrá la autoridad que legalmente le corresponda sobre la navegación y la seguridad a bordo.
Los itinerarios publicados para este tipo de viajes deberán entenderse como programas previstos, sujetos a las condiciones del mar, la meteorología, las decisiones de las autoridades y las necesidades de seguridad.
19. Viajes a zonas remotas
Algunos programas pueden desarrollarse en lugares remotos o con infraestructuras turísticas, sanitarias o de transporte limitadas.
En estos destinos pueden producirse mayores tiempos de desplazamiento, comunicaciones limitadas, alteraciones logísticas o dificultades para acceder inmediatamente a servicios médicos especializados o medios de evacuación.
Estas características se comunicarán cuando sean relevantes para el viaje.
La circunstancia de que un destino sea remoto no limitará los derechos legalmente reconocidos al viajero respecto de los servicios incluidos en el viaje combinado.
20. Habitaciones y camarotes compartidos
En determinados viajes podrá ofrecerse la posibilidad de compartir habitación o camarote con otro participante para evitar el suplemento individual.
Esta posibilidad estará condicionada a la existencia de otra persona que solicite igualmente alojamiento compartido y cuyas condiciones resulten compatibles.
Salvo indicación diferente, se intentará realizar la asignación entre viajeros del mismo sexo.
La posibilidad de compartir no estará garantizada hasta que sea confirmada expresamente por la Agencia.
Cuando no exista otro viajero con quien compartir, podrán aplicarse las condiciones relativas al suplemento individual establecidas y comunicadas para el viaje.
Las posibles consecuencias de la cancelación de uno de los ocupantes de una habitación o camarote compartido se establecerán en las Condiciones Particulares. Estas consecuencias deberán ser razonables y atenderán a los costes efectivamente ocasionados y a las alternativas disponibles.
21. Seguros
Cada viaje indicará los seguros incluidos, si los hubiera, y las coberturas correspondientes.
Cuando el viaje incluya actividades de buceo, podrá exigirse disponer de un seguro específico de buceo válido para el destino, profundidad y actividades previstas.
Podrá ofrecerse o recomendarse la contratación de seguros facultativos de:
- Cancelación.
- Asistencia en viaje.
- Gastos médicos.
- Repatriación.
- Pérdida o daños de equipaje.
- Interrupción del viaje.
- Otras coberturas.
El viajero deberá consultar las condiciones, exclusiones, franquicias y límites de la póliza antes de contratarla.
La contratación de un seguro facultativo constituye un contrato distinto del contrato de viaje combinado y estará sometida a las condiciones de la entidad aseguradora correspondiente.
22. Transporte aéreo
Cuando los vuelos formen parte del viaje combinado se aplicarán, además de estas condiciones, las normas correspondientes al transporte aéreo y los derechos del pasajero previstos legalmente.
Los horarios, compañías, aeropuertos, escalas, equipajes y demás características disponibles se indicarán en las condiciones del viaje o en la documentación correspondiente.
Las compañías aéreas podrán introducir modificaciones operativas conforme a la normativa aplicable, sin perjuicio de los derechos del viajero frente al Organizador cuando el transporte forme parte del viaje combinado.
El viajero deberá comprobar con antelación suficiente los horarios definitivos, terminales, requisitos de facturación y documentación requerida para embarcar.
23. Equipaje y equipo de buceo
Las condiciones relativas al equipaje serán las establecidas por cada compañía de transporte.
En determinados vuelos pueden existir condiciones específicas para transportar material deportivo o de buceo.
Será responsabilidad del viajero cumplir las limitaciones de peso, dimensiones, embalaje y seguridad establecidas por el transportista, siempre que haya sido informado de ellas o pueda consultarlas razonablemente.
Cuando se haya informado al viajero de una franquicia especial para material de buceo, esta estará sujeta a las condiciones establecidas por la compañía correspondiente.
24. Comportamiento del viajero y seguridad
El viajero deberá observar una conducta respetuosa con el resto del grupo, el personal de los alojamientos, tripulaciones, guías, instructores, operadores y demás proveedores.
Asimismo, deberá respetar las instrucciones de seguridad de los responsables del viaje y de los profesionales encargados de cada actividad.
Cuando la conducta de un viajero suponga un riesgo serio para su propia seguridad, la de terceros o impida gravemente el desarrollo normal del viaje, podrán adoptarse medidas proporcionadas de acuerdo con la legislación aplicable y con las instrucciones de los responsables del servicio afectado.
25. Servicios no utilizados por decisión del viajero
Cuando, una vez iniciado el viaje, el viajero decida voluntariamente no utilizar alguno de los servicios contratados sin que exista una falta de conformidad imputable al Organizador o al proveedor correspondiente, no tendrá automáticamente derecho al reembolso de dicho servicio.
Se analizarán, no obstante, las circunstancias concretas y las posibilidades de recuperación de costes o reembolso existentes.
26. Garantía frente a la insolvencia
20000 LEGUAS, S.L. mantendrá vigente la garantía frente a la insolvencia exigida por la normativa aplicable a las agencias de viajes.
Los datos de la entidad garante, la cobertura correspondiente y sus medios de contacto se facilitarán al viajero en la información precontractual, en el contrato o en el certificado correspondiente.
Cuando el viaje combinado incluya transporte de pasajeros, la garantía cubrirá también la repatriación del viajero cuando resulte legalmente exigible.
27. Asistencia al viajero
Cuando un viajero se encuentre en dificultades durante la ejecución del viaje, 20000 LEGUAS, S.L. prestará sin demora indebida la asistencia que legalmente corresponda.
Esta asistencia podrá consistir, en particular, en:
- Facilitar información adecuada sobre servicios sanitarios, autoridades locales y asistencia consular.
- Ayudar al viajero a establecer comunicaciones a distancia.
- Ayudarle a encontrar fórmulas de viaje alternativas.
Cuando la situación de dificultad haya sido causada intencionadamente o por negligencia del viajero, podrán repercutirse los costes reales y razonables de la asistencia dentro de los límites legalmente permitidos.
28. Reclamaciones
El viajero deberá comunicar cualquier incidencia relativa a los servicios incluidos en el viaje tan pronto como sea posible, teniendo en cuenta las circunstancias del caso, para permitir su comprobación y, cuando corresponda, su subsanación durante el propio viaje.
Agencia organizadora: 20000 LEGUAS, S.L.
NIF: B05665450
Dirección: Calle Parque de San Fernando, 3, Local 3, 28807 Alcalá de Henares, Madrid
Correo electrónico: info@20000leguas.es
Teléfono: +34 606 027 309
El plazo de prescripción de las reclamaciones relativas a los derechos establecidos en la normativa sobre viajes combinados será el legalmente aplicable.
La presentación de una reclamación ante la Agencia no limita el derecho del viajero a acudir a los organismos de consumo, mecanismos de resolución alternativa de litigios o juzgados y tribunales competentes.
29. Protección de datos personales
Los datos personales facilitados a través de www.viajesdebuceo.es serán tratados por 20000 LEGUAS, S.L. de acuerdo con la Política de Privacidad publicada en el sitio web.
Cuando resulte necesario para gestionar una reserva, formalizar el contrato o ejecutar los servicios contratados, los datos necesarios podrán comunicarse a compañías aéreas, hoteles, embarcaciones, centros de buceo, operadores receptivos, empresas de transporte, aseguradoras, autoridades y otros proveedores que intervengan en la ejecución del viaje.
Los datos comunicados podrán incluir, cuando resulte necesario, el nombre, apellidos, fecha de nacimiento, nacionalidad, datos de contacto, información de viaje y datos del pasaporte o documento de identidad.
Cuando dichos proveedores se encuentren fuera del Espacio Económico Europeo, podrán producirse transferencias internacionales de datos necesarias para la ejecución del contrato solicitado por el viajero, en los términos previstos por la normativa aplicable.
La información completa sobre el tratamiento de los datos personales, las finalidades, bases jurídicas, destinatarios, transferencias internacionales y ejercicio de derechos está disponible en la Política de Privacidad.
30. Contratación electrónica
Cuando la contratación se efectúe a través de la página web u otros medios electrónicos, el viajero tendrá acceso, antes de quedar obligado por el contrato, a información clara sobre el procedimiento de contratación, los medios técnicos para identificar y corregir errores, el idioma o idiomas disponibles y las condiciones aplicables.
Las presentes Condiciones Generales podrán almacenarse y reproducirse y estarán disponibles para su consulta antes de formalizar la reserva.
Una vez finalizado el procedimiento de contratación, el viajero recibirá la confirmación de la reserva y el correspondiente contrato en un soporte duradero.
31. Condiciones particulares
Cada viaje podrá establecer Condiciones Particulares relativas, entre otras cuestiones, a:
- Programa e itinerario.
- Fechas.
- Precio.
- Servicios incluidos y no incluidos.
- Pagos y vencimientos.
- Número mínimo de participantes.
- Condiciones específicas de cancelación.
- Vuelos y transportes.
- Alojamientos.
- Requisitos de buceo.
- Seguros.
- Suplementos.
- Documentación.
- Condiciones especiales de proveedores.
- Características específicas del destino.
Las Condiciones Particulares se facilitarán al viajero antes de quedar obligado por la contratación y formarán parte del contrato.
32. Legislación aplicable y jurisdicción
Estas Condiciones Generales se regirán por la legislación española.
Cualquier referencia contenida en estas condiciones a los derechos del viajero se entenderá sin perjuicio de los derechos imperativos reconocidos por la normativa de consumidores y usuarios y por la legislación sobre viajes combinados.
Cualquier controversia será sometida a los juzgados y tribunales que resulten competentes conforme a la legislación aplicable. Cuando el viajero tenga la condición de consumidor o usuario, se respetarán las normas imperativas sobre competencia territorial y sus derechos legalmente reconocidos.